En horas de la noche de este lunes, el Tribunal Supremo de
Justicia (TSJ), publicó la decisión donde ratifica que la recolección
del 20% de las firmas para solicitar un referendo, estipulados para los
días 26, 27 y 28 de octubre, se lleve a cabo por estados.
Según la sentencia de la Sala Electoral número 147, expediente
2016-000074, el máximo órgano judicial del país resolvió interpretación
de los artículos 15 y 29 de las Normas para Regular el Procedimiento de
Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargo de
Elección Popular, y la convocatoria del referendo revocatorio requiere
reunir el veinte por ciento (20%) de manifestaciones de voluntad del
cuerpo electoral en todos y cada uno de los estados y del Distrito
Capital de la República.
“La falta de recolección de ese porcentaje en cualquiera de los
estados o del Distrito Capital, haría nugatoria la válida convocatoria
del referendo revocatorio presidencial”, reza el expediente.
“La etapa de recolección de las manifestaciones de voluntad no puede
ni debe confundirse con el referéndum en estricto sentido, en el cual sí
participa la totalidad del padrón electoral, universalidad que abarca a
todos los electores tanto a los que apoyan la revocatoria del mandato
como a aquéllos que aspiran a ratificar en el cargo al funcionario
electivo sometido a la consulta popular. La recolección de las
manifestaciones de voluntad no constituye en ningún caso, por
consiguiente, ni una consulta, ni un referendo, ni un plebiscito”,
reseñado por el portal web del TSJ.

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